martes, 4 de mayo de 2010

Consejo se arroga funciones de la Corte y el Jurado

“La Constitución Nacional asigna al Poder Judicial el papel de veedor del respeto y el ejercicio de los derechos fundamentales. El Poder Judicial no puede permitir el avasallamiento en sus funciones por parte del Consejo de la Magistratura y convertirse en un mero espectador en la confirmación o no de magistrados, en razón de que el artículo 252 de la Constitución Nacional establece entre otras disposiciones que los magistrados son designados por la Corte Suprema de Justicia, por lo que solamente ese poder del Estado y no otro órgano es el que deberá expedirse con relación a mi continuidad en la carrera fiscal. Está vedado dentro de nuestro orden jurídico el dictado de sus normas que alteren los derechos y garantías reconocidos por la Constitución, constituyendo la legalidad y la razonabilidad límites infranqueables en el Estado de Derecho”, dice parte de la acción presentada ante la Corte.

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